Cancela tus deudas legalmente con la Ley de Segunda Oportunidad
Abogados especializados en procedimientos concursales, planes de reestructuración y segunda oportunidad. Ayudamos a particulares, autónomos y empresas a recuperar su libertad financiera.
Cada caso es único. Analizamos tu situación sin compromiso y te recomendamos el procedimiento más adecuado para cancelar o reestructurar tus deudas.
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Segunda Oportunidad
Procedimiento judicial para particulares y autónomos. Permite cancelar total o parcialmente las deudas con bancos, financieras, Hacienda y Seguridad Social mediante el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).
Particulares y autónomos
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Planes de Reestructuración
Negociación judicial de quita o espera con los acreedores. Protege la actividad empresarial, evita reclamaciones y ofrece una salida ordenada a problemas de liquidez. Aplicable a sociedades y autónomos.
Empresas y autónomos
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Concurso de Acreedores
Procedimiento judicial para sociedades que buscan una salida ordenada a una situación de insolvencia. Paraliza embargos y reclamaciones durante el proceso, protegiendo a la empresa y sus trabajadores.
Sociedades
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Derecho Penal Económico
Asistencia y representación en delitos económicos: apropiación indebida, estafa, insolvencia punible y delitos societarios. Defensa especializada ante juzgados de lo penal.
Penal económico
El proceso
Cómo funciona la Segunda Oportunidad
Un proceso claro y acompañado en cada paso. Te guiamos desde la primera consulta hasta la cancelación definitiva de tus deudas.
1
Consulta gratuita
Analizamos tu situación sin coste. En 24 horas sabes si tienes derecho al procedimiento y cuánto podrías cancelar.
2
Preparación del expediente
Reunimos toda la documentación necesaria y presentamos la solicitud ante el juzgado competente.
3
Admisión y protección
El juez admite el concurso. Desde ese momento, se paralizan los embargos y reclamaciones de todos los acreedores.
4
Obtención del BEPI
El juez dicta el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Tus deudas quedan canceladas definitivamente y sales de los ficheros de morosidad.
Por qué elegirnos
Especialistas en liberar personas de sus deudas
No somos una plataforma de atención masiva. Conocemos tu nombre y tu caso desde el primer día.
🎯
Especialización exclusiva
Nos dedicamos únicamente a derecho concursal e insolvencia. Conocemos cada detalle de la Ley 16/2022 y sus reformas.
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Trato directo con el abogado
Hablas siempre con tu abogado, no con un call center. Recibimos actualizaciones de tu caso en cada fase del procedimiento.
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Más de 500 procedimientos resueltos favorablemente. Experiencia real que se traduce en mejores resultados para ti.
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Facilidades de pago
Sabemos que si estás aquí, tu economía está bajo presión. Adaptamos los honorarios a tu situación real.
Preguntas frecuentes
Todo lo que necesitas saber
Las dudas más habituales sobre la Ley de Segunda Oportunidad y el concurso de acreedores. Si no encuentras tu pregunta, consúltanos sin compromiso.
El procedimiento suele durar entre 6 y 18 meses dependiendo del juzgado competente y la complejidad del caso. Una ventaja importante: desde que el juez admite el concurso, se paralizan automáticamente todos los embargos y reclamaciones judiciales en curso.
Sí. Tras la reforma de la Ley 16/2022 (transposición de la Directiva europea 2019/1023), las deudas tributarias con la AEAT son exonerables hasta ciertos límites. Las deudas con la Seguridad Social también pueden exonerarse parcialmente. Cada situación requiere un análisis individualizado.
No necesariamente. Existen mecanismos dentro del procedimiento para proteger la vivienda habitual. La posibilidad de conservarla depende de varios factores como el valor del inmueble, las cargas hipotecarias y el patrimonio total. Lo analizamos en detalle en la consulta gratuita.
Sí, de hecho es uno de los requisitos. La ley exige al menos dos acreedores distintos para acogerse al procedimiento. Estos pueden ser bancos, financieras, Hacienda, Seguridad Social, proveedores, etc.
La Segunda Oportunidad está diseñada para personas físicas (particulares y autónomos) y culmina con la cancelación de las deudas personales. El concurso de acreedores es un procedimiento más amplio, aplicable también a sociedades, y puede tener como finalidad la reestructuración o la liquidación ordenada de la empresa.
Sí. Una vez obtenida la resolución judicial que concede el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), quedan canceladas todas las deudas exoneradas y se procede a la eliminación del registro en los ficheros de insolvencia.
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